AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2013-RCA
Fecha: 28-Jun-2013
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 7 de mayo de 2013, cursante de fs. 31 a 38, el representante de la accionante manifiesta que, en su condición de ingeniera agrónoma fue designada el 23 de junio de 2010, por el Gobernador del Departamento Autónomo de La Paz, mediante memorándum GOB-LP-RRHH-A-215/2010, en el cargo de Jefe de la Unidad de Coordinación y Supervisión dependiente del Servicio Departamental Agropecuario, el cual es eminentemente técnico, cuyo salario mensual es de Bs1 790.- (mil setecientos noventa bolivianos), pero de manera intempestiva se la destituyó por memorándum GADLP/SDEF/RRHH/b/022/2012 de 14 de marzo; empero, a sabiendas que se encontraba en periodo de gestación (embarazo de cuatro-seis semanas), y que por disposición constitucional goza de inamovilidad laboral, ante esta situación se plantearon reclamos y pedidos de restitución a su fuente laboral; sin embargo, la autoridad accionada, pretendió justificar esta conculcación de los derechos arguyendo actos de indisciplina y bajo desempeño laboral, así en respuesta a tres memoriales de reclamo presentados el 19 de febrero de 2013, el Gobernador le hizo conocer un informe legal de 28 de diciembre de 2012, por medio del cual pretendió que efectúe trabajos para los que no había sido formada y usurpe funciones de una profesional secretaria, lo que atentó a los derechos a la vida, a la salud e integridad física de su hijo menor de un año.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- La protección pueda resultar tardía
- Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social instruirá al empleador, para que cumpla en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles a partir de su notificación, la reincorporación con goce de haberes y otros derechos sociales
- puesto que ha sido planteado después de más de ocho meses