Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2013-CA
Fecha: 11-Jun-2013
Fragmento 7
En el caso de autos, el Director Ejecutivo de la AJ, por RA 29-00055-13, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, en razón a que el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la SCP 0003/2013, declaró la constitucionalidad del art. “28.I.2” de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar y, por tratarse de un pronunciamiento constitucional de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, adquirió calidad de cosa juzgada.
- Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- 1)
- rechazó
- a)
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- II.3.1. Impugnación del art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar
- II.3.2. Impugnación de la Resolución Regulatoria 01-00012-11, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11
- 2° REVOCAR en parte