Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2013-CA
Fecha: 18-Jun-2013
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia, establecida por los arts. 54.4, 109 y 114.I de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: APROBAR con otros fundamentos la Resolución 251/13 de 7 de mayo de 2013, cursante de fs. 75 a 76 vta., pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Departamento de Santa Cruz.
- Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la vigencia del Código Procesal Constitucional
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
- APROBAR
- Se llama la ATENCIÓN DE MANERA SEVERA