AUTO CONSTITUCIONAL 0218/2013-CA
Fecha: 26-Jun-2013
Juez Disciplinario Tercero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
En consulta la Resolución de 10 de mayo de 2013, cursante de fs. 140 a 144, pronunciado por el Juez Disciplinario Tercero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Edward Anthony Burke Pommier, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 17 y 71 del Reglamento de Régimen Disciplinario para el Personal Judicial de la Jurisdicción Ordinaria, Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial de 10 de junio de 2012, por vulnerar los arts. 8.II, 14.II y III, 115.II, 232, 235.1 y 2 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Juez Disciplinario Tercero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental.
- RATIFICAR