AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 005/2013-O
Fecha: 07-Jun-2013
I.2. Respuesta de la autoridad demandada
Walter Calle Laura, actual Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Inquisivi, por memorial de fs. 488 a 490, señaló que corresponde al accionante dar celeridad al proceso y no solicitar medidas dilatorias y desubicadas; pues se dio cabal cumplimiento a la SC 1759/2011-R. En cuanto a la reincorporación, se emitió el memorándum 016/2010 de 25 de enero de “2009”, que indica al accionante que se lo restituye al puesto que ocupaba en el momento de su despido, así como el memorándum 019/2010 de “01 Enero del 2009”, entregados a Cleto Yujra Valencia, quien pese a asistir por dos días abandonó su cargo de servidor público, lo que determinó nuevamente su despido por incumplimiento de funciones.
Asimismo, conforme al depósito judicial adjunto, previa liquidación del Departamento Financiero, también se ha cumplido con el pago de sueldos y beneficios sociales que determinó la concesión del amparo constitucional. La pretensión del accionante de beneficiarse con un pago excesivo por el tiempo que la presente causa se tramitó en ejecución, se encuentra al margen de la ley, en consideración a que él hizo un abandono malicioso de su puesto de trabajo después de su reincorporación, y durante ese tiempo estuvo trabajando como Agente Consular de Bolivia en Calama, República de Chile.