Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La suscrita Magistrada observa la necesidad de aclarar los términos de la SCP 0902/2013 de 20 de junio, por lo que expresa voto aclaratorio en la aprobación de la misma; en el plazo establecido, de acuerdo a los siguientes fundamentos jurídico-consti
Fecha: 20-Jun-2013
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2. Si la Magistrada Ligia Mónica Velásquez Castaños considera que el proyecto que efectuó es idéntico a la SCP 0902/2013, no correspondería entonces efectuar “voto concurrente”, sino mas bien suscribir la Sentencia respecto a la cual sostiene estar de acuerdo, pues el ordenamiento jurídico le impele a suscribir la sentencia o en caso de no encontrarse de acuerdo a efectuar voto disidente, de ahí que no resulta comprensible el hacer un “voto concurrente” por el tramite llevado en la presente causa al no constituir este argumento una causal de disidencia.