II.4. Existencia de hechos controvertidos
De obrados se evidencia que tanto la parte accionante como la parte demandada presentaron documentación alegando cada una derecho propietario sobre el predio en cuestión, lo que demuestra la existencia de controversia sobre el mismo, por lo que es preciso tomar en cuenta que tales hechos deben ser analizados por la vía ordinaria ante autoridad jurisdiccional competente, más aún cuando los demandados alegan que ese derecho propietario emerge de un proceso agrario de consolidación que a decir de ellos, fue aprobado en todas sus instancias, lo que debe ser evidenciado en la vía legal ordinaria que corresponda. La resolución de conflictos respecto a las diferencias existentes en cuanto a la titularidad, ubicación o sobreposición de las propiedades, es atribución privativa de los jueces ordinarios, quienes deben valorar las pruebas aportadas por las partes, para definir la controversia.
- Partes: Amanda Cruz Pedraza de Cajka
- I.1. Problema jurídico
- I.2. Los fundamentos de la SCP 0527/2013-L de 18 de junio
- CONFIRMAR
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. Del derecho a la propiedad
- puede ser reivindicado el bien por el propietario aún de manos de terceros ejerciendo otras acciones de defensa conforme a lo previsto en el libro V del Código Civil
- y, en caso de controversia es el juez llamado por ley, quien debe resolver la causa dentro de un debido proceso.
- SC 0148/2010-R, en aras de conceder una tutela oportuna frente a los avasallamientos o justicia por mano propia, cuando se evidencia medidas de hecho que atentan contra el derecho propietario y fraccionan el orden normativo que rige el Estado de Derecho, exigiendo el cumplimiento de dos requisitos para acceder a la tutela, demostrar las vías de hecho y el derecho propietario indiscutible sobre el bien,
- una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa,
- II.4. Existencia de hechos controvertidos
- a)
- Fragmento 13
- II.6. Argumentos de la disidencia
- REVOCAR
