II.6. Argumentos de la disidencia
Más aún cuando como en el caso presente la parte demandada ha presentado prueba documental aduciendo mejor derecho propietario, por consiguiente no se ha demostrado que hubieran ingresado al predio sin causa legítima, no todos los hechos de las características referidas en el caso de autos, pueden considerarse como vías de hecho, sino sólo aquellos en los que se demuestre con claridad como un acto o medida que implique asumir justicia por mano propia, prescindiendo en absoluto de los mecanismos institucionales, como manda la jurisprudencia prevista en la SCP 0998/2012, pues merecen tutela únicamente aquellos que demuestren con claridad su derecho propietario y la existencia evidente de vías de hecho, aspecto que en el caso presente no se demuestra debido a que por versión de ambas partes se discute el mejor derecho propietario sobre el predio o la sobreposición del mismo.
- Partes: Amanda Cruz Pedraza de Cajka
- I.1. Problema jurídico
- I.2. Los fundamentos de la SCP 0527/2013-L de 18 de junio
- CONFIRMAR
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. Del derecho a la propiedad
- puede ser reivindicado el bien por el propietario aún de manos de terceros ejerciendo otras acciones de defensa conforme a lo previsto en el libro V del Código Civil
- y, en caso de controversia es el juez llamado por ley, quien debe resolver la causa dentro de un debido proceso.
- SC 0148/2010-R, en aras de conceder una tutela oportuna frente a los avasallamientos o justicia por mano propia, cuando se evidencia medidas de hecho que atentan contra el derecho propietario y fraccionan el orden normativo que rige el Estado de Derecho, exigiendo el cumplimiento de dos requisitos para acceder a la tutela, demostrar las vías de hecho y el derecho propietario indiscutible sobre el bien,
- una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa,
- II.4. Existencia de hechos controvertidos
- a)
- Fragmento 13
- II.6. Argumentos de la disidencia
- REVOCAR
