SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2013-L

Fecha: 03-Jun-2013

1)

Haciendo uso del derecho a la réplica manifestó: 1) El derecho de petición está íntimamente ligado al debido proceso y cuando este derecho vincula al de la libertad de las personas, se abre la competencia para tutelarlo por la acción de libertad de acuerdo a la jurisprudencia constitucional; 2) El derecho a la petición se ha vulnerado cuando se dio un pronunciamiento extra petita; es así que, a derivado en un procesamiento indebido que vulnera el derecho a la libertad de su representada; y, 3) Es sorprendente que el Tribunal Tercero de Sentencia Penal diga que el Ministerio Público corra con los gastos de traslados pero ellos dijeron que no tienen recursos; entonces, estamos ante una resolución de imposible cumplimiento.