SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2013-L

Fecha: 10-Jun-2013

denegó

El Juez de Partido y Sentencia Penal de Yapacaní en suplencia legal de su similar de Puerto Suárez provincia German Busch del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 16/011 de 20 de septiembre de 2011, cursante de fs. 46 a 48, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) La “SC 0160/2005-R de 23 de febrero”, sentó jurisprudencia en sentido de que la acción de libertad tiene naturaleza subsidiaria; lo cual, implica que no todas las lesiones al derecho a la libertad tienen que ser reparadas exclusivamente a través de la presente acción, en atención a que la norma procesal ordinaria prevé medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho lesionado, por lo que no es posible activar mecanismos simultáneos o alternativos, salvo que una vez utilizados y agotados dichos medios, persista la vulneración de esos derechos;    ii) Los accionantes, no demostraron por ningún medio que hubieron acudido oportunamente ante la autoridad judicial llamada por ley para efectuar el control jurisdiccional en la etapa de investigación, conforme establece el art. 54 inc. 1) del CPP, iniciando directamente la acción de libertad; iii) Existen casos en los cuales de manera excepcional no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, por estar bajo la restricción de confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria; y, iv) Si la Policía Boliviana o el Ministerio Público cometieran arbitrariedades vinculadas al derecho a la libertad física o de locomoción sin la existencia del inicio de investigación, estos hechos deben denunciarse al Juez cautelar de turno y en el caso de haberse dado aviso, al estar identificada la autoridad jurisdiccional corresponde acudir ante ella en procura de reparación y protección; por lo cual, los accionantes no lo hicieron ante el Juez de Instrucción Mixto cautelar de Puerto Suárez, denunciando las irregularidades procesales descuidando su propia defensa.