SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2013-L
Fecha: 10-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denunciaron como lesionados su derecho a la libertad física y de locomoción, merced a que fueron allanados sus domicilios en Puerto Quijarro, el 16 de septiembre de 2011 por efectivos de la FELCC, división DIPROVE y el Fiscal de Materia, Líder Justiniano Velasco, sin orden de autoridad competente, ante la presunta comisión del delito de robo agravado en flagrancia, apuntando que fueron detenidos en DIPROVE de Puerto Suarez hasta el 19 del mismo mes y año, que se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares, cuyo señalamiento no fue previsto dentro de las veinticuatro horas según ley. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- La Resolución que resuelve incidente de nulidad o actividad procesal defectuosa, es susceptible de apelación incidental
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR