SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2013-L

Fecha: 17-Jun-2013

a)

La representante por los accionantes en audiencia, ratificó in extenso el contenido de los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción, ampliándola con los siguientes fundamentos: a) La Policía Boliviana siguiendo órdenes del Ministerio de Gobierno, subió a la fuerza, contra su voluntad a todas las personas detenidas y las transportó a San Borja, sin haber expedido o mostrado cual la orden de la autoridad que autorizó el apresamiento, no se estableció cuál la razón legal para la intervención, ni existió la participación de un Fiscal; b) De San Borja fueron transportados hasta Rurrenabaque; es decir, que la Policía tenía un plan premeditado para apresar, detener y conducir a estas personas a un destino incierto; con lo cual, han vulnerado el derecho constitucional a la locomoción; c) No tenían conocimiento cuál era la instructiva, hacia dónde los estaban llevando; sin embargo, la población logró que los efectivos policiales los dejaran en libertad; d) Producto del caos ocasionado, esas personas tuvieron que huir al monte, de lo cual existieron madres que perdieron a sus hijos sin saber su paradero, sin tener certeza de cuantas personas están desaparecidas; e) Ningún marchista tiene la libertad de locomoción de ingresar al lugar donde fueron intervenidos o irse a otro lugar; y, f) La APDHB, fiel a su convicción de defender los derechos humanos, lo único que busca, es que se determine la tutela de los derechos a la vida y a la libertad de todos los dirigentes, sin exclusión; además se disponga el cese de toda persecución indebida, acto violento, permitiendo la libre circulación de los marchistas si quieren volver a la carretera, de la cual, ilegal y violentamente fueron retirados y que sea el Gobierno a través de sus organismos quién haga respetar este derecho constitucional de transitar libremente por todo el territorio nacional.