SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2013-L

Fecha: 25-Jun-2013

i)

Asimismo, en la audiencia de garantías, por intermedio de sus abogados, manifestó: i) En el amparo, no se especifica la clase de contratación que el Municipio les hubiera dado a las accionantes; ii) El Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Moxos, procede a la contratación de las ahora accionantes el 9 de junio de 2010, bajo el régimen de consultoría, que terminó el 30 de septiembre del mismo año, situación por la cual, no les correspondía interponer la presente acción; iii) No hubo ninguna recontratación, por lo que no les correspondía el pago pretendido; iv) Las actoras, no presentaron recurso administrativo para impugnar el supuesto despido; y, v) Las accionantes “recurrieron” de amparo, después de un año y no dentro los seis meses, precluyendo de esa manera, el plazo para la presentación del amparo, por lo que solicita se rechace in límine la acción de amparo.