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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2013-L

    Fecha: 28-Jun-2013

    II.4.

    II.4.    Por Auto interlocutorio 67/2011 de 14 de abril de 2011, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial -ahora departamento- de Chuquisaca, confirmó la providencia de 5 de abril de 2011, sin lugar a la apelación alterna interpuesta en razón de su improcedencia, por tratarse de un decreto de mero trámite que no es recurrible de apelación, de acuerdo al art. 226 del CPC (fs. 43).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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