SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2013

Fecha: 03-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refieren, que por sucesión hereditaria de su madre, Antonia Higueras Vda. de Gutiérrez, son propietarios del bien inmueble sito en la localidad de Tabladita, provincia Cercado del departamento de Tarija, debidamente registrada en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) a nombre de su madre en la partida 31 del Libro Primero de Propiedades de Cercado e inscrito al folio 4 del anotador en Tarija el 24 de abril de 1955, que cuenta con las colindancias siguientes, con una superficie total de 44 035,51 m2, sobre la que tomaron posesión real y judicial desde el año 1995, desde cuyo momento, realizaron trabajos de labranza y pastoreo.

Agregan, que el 1 de noviembre de 2012, en su ausencia, un grupo de cincuenta personas aproximadamente entre mujeres y hombres bajo el liderazgo de Nemecio Ninaja y Weimar Jerez Vega, irrumpieron violentamente en su terreno, ejerciendo medidas de hecho les despojaron del mismo y se asentaron, armaron carpas, realizaron algunas construcciones con el afán de quedarse a vivir en el lugar, destruyeron los trabajos que realizaron en varios años, talaron las plantas, destruyeron el alambrado que circundaba el terreno, destruyeron los mojones que delimitaban su terreno.

Complementan indicando, que enterados del hecho, se constituyeron a su terreno a tratar de conversar con los avasalladores a fin de que se retiren; sin embargo, fueron echados del lugar, agredidos verbalmente y amenazados de muerte, por lo que se encuentran impedidos de aproximarse a su lote de terreno.