SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2013
Fecha: 07-Jun-2013
denegó
Mediante Resolución 06 de 10 de enero de 2013, cursante de fs. 134 a 136, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, denegó la tutela impetrada, disponiendo pese a ello, que el Juez inferior, una vez tome conocimiento de que se cumplió con la presentación del mandamiento de arraigo, atienda el petitorio y disponga la libertad del imputado; bajo los siguientes fundamentos: a) Ante la imposición de medidas sustitutivas a la detención preventiva, se evidenció que el imputado cumplió con la presentación de dos garantes personales; más no con la medida de arraigo; b) El certificado de arraigo se extendió el 26 de diciembre de 2012; es decir, con posterioridad a la remisión del cuaderno original ante el Tribunal de alzada que se efectuó el 20 del mismo mes y año. Por tanto, aún no se cumplieron todas las medidas impuestas; y, c) Es reprochable que el Juez de la causa hubiera remitido el expediente original porque dio lugar a que la petición de libertad no sea considerada; sin embargo, tampoco se acreditó la existencia del mandamiento de arraigo.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Del efecto no suspensivo de la apelación incidental de medidas cautelares
- III.2. Efectivización de la libertad luego de cumplir las medidas sustitutivas a la detención preventiva
- III.3. Observancia del principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con la libertad
- REVOCAR