Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2013
Fecha: 07-Jun-2013
II.3.
II.3. Ante el pedido de cesación de la detención preventiva del accionante, se celebró audiencia para el efecto el 24 de octubre de 2012, declarándose en la misma el rechazo de la solicitud por no darse las condiciones establecidas en los arts. 233.1 y 2, 234.1, 5 y 10 y 235.1 y 2 (fs. 46 a 48 vta.); en la misma audiencia, se solicitó por la parte acusada la complementación, enmienda y aclaración (fs. 48 vta. a 49).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “procedencia”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°