SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2013

Fecha: 11-Jun-2013

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 7 de marzo de 2013, cursante de fs. 36 a 37 vta., por la cual denegó la acción planteada; en base a los siguientes fundamentos: a) El art. 125 de la CPE, prevé la acción de libertad destinada a la defensa de los derechos a la vida y a la libertad personal, es una acción de carácter extraordinario, de tramitación especial y sumarísima; b) Los accionantes alegaron la violación del derecho a la “seguridad jurídica”, con relación a los derechos a la libertad y a la dignidad, inviolabilidad de domicilio, el derecho a la igualdad de partes y el debido proceso, no corresponden a los supuestos fácticos de la acción de libertad, en especial la inviolabilidad de domicilio no correspondiendo “otorgar” la tutela solicitada; c) En el caso, de vulneración al derecho de locomoción, la Fiscal tomó conocimiento de la investigación penal contra los accionantes, habiendo formulado imputación formal, la cual fue puesta a conocimiento del Juez Primero de Instrucción en lo Penal, quien tomó control de las investigaciones conforme determina el art. 279 del CPP, y señaló audiencia para definir la situación jurídica de los ahora accionantes, determinando la libertad de tres y la detención de uno, determinación que fue apelada en audiencia; y, d) No es aplicable a este caso la excepcionalidad enunciada por la SCP 1512/2012, toda vez que en ese caso el Tribunal Constitucional Plurinacional concedió la tutela en razón de que no existió denuncia o investigación penal abierta contra los accionantes, lo cual no se adecúa al caso concreto.