Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2013
Fecha: 20-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, “seguridad jurídica” y el debido proceso, toda vez que, las autoridades ahora demandadas, declararon probada la actividad procesal defectuosa, ordenando la nulidad de obrados hasta la notificación al imputado con la acusación fiscal y particular; en ese orden, considera que al haberse determinado la nulidad por concurrir vicios procesales insubsanables, supone que dicho acto afecta la resolución de detención preventiva; pero, a la fecha se encuentra detenido en el penal de San Pedro pese de que todo lo que obró hasta el juicio quedó sin efecto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegaron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- Fragmento 11
- III.2. Sobre la subsidiaridad en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso
- CONFIRMAR