SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2013

Fecha: 20-Jun-2013

i)

William Calvimontes Márquez, Fiscal de Materia, como tercero interesado manifestó: i) Esta situación ya fue dilucidada anteriormente, las sentencias constitucionales establecen, cuando ya se resolvió una acción de amparo o de libertad, no puede volverse a tutelar cuando reiteran la solicitud, por lo que este hecho ya fue elevado al Tribunal Constitucional en revisión; ii) El accionante junto a otros fue sorprendido tratando de limpiar el camino y, haciendo una revisión de sus celulares estableció que había un nexo que los vinculó en el ilícito; iii) El “Sr. Piluy”, pidió voluntariamente someterse al proceso abreviado, en audiencia el Juez le preguntó si estaba de acuerdo en pasar quince años en la cárcel y él se negó a firmar el acuerdo y en ningún momento se mencionó que es el único propietario de las sustancias controladas; y, iv) Cumplió con el procedimiento recurriendo en apelación y en audiencia se revocó las medidas sustitutivas en mérito a la “SC 301/2011”, por no desvirtuarse el peligro de obstaculización, siendo el caso de más de 51 kg de sustancias controladas, que se constituye en delito de lesa humanidad.