SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Fragmento 24

Conforme a las líneas jurisprudenciales citadas, se establece que cuando exista restricción a la libertad personal, al margen de los casos y formas establecidas por ley y, en aquellos casos donde exista aviso de inicio de investigación, corresponderá denunciar cualquier acto ilegal y/o arbitrario durante la investigación, en que incurriere el Ministerio Público como titular de la acción penal o la Policía Boliviana como coadyuvante, ante el Juez de Instrucción en lo Penal, que tenga a su cargo el control jurisdiccional de la investigación por ser el competente para ejercer el control jurisdiccional.