SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2013

Fecha: 27-Jun-2013

II.4.

II.4.  El 18 de diciembre de 2012, mediante memorial presentado al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, el accionante nuevamente solicitó cesación de la detención preventiva (fs. 70 a 73 vta.) y en audiencia pública de 10 de enero de 2013, el Juez de la causa resolvió aceptar la solicitud de cesación a la detención preventiva ordenando la detención domiciliaria, advirtiendo además a las partes que podían hacer uso del recurso de apelación en el plazo de setenta y dos horas conforme el art. 251 del CPP y la SC 0213/2010-R (fs. 74 a 80).