SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2013

Fecha: 27-Jun-2013

denegó

El Juez Sexto de Sentencia Penal, en suplencia legal de su similar Quinto, del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, dictó la Resolución 03/2013 de 2 de abril, cursante de fs. 26 a 29, por la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de los antecedentes del caso, se pudo inferir que la autoridad demandada cumplió con señalar las audiencias solicitadas y providenciar los memoriales oportunamente, dentro de los términos legales establecidos por la norma procesal penal para el efecto; así, el memorial de anuncio de copatrocinio de 18 de marzo de 2013, fue providenciado el 19 del mismo mes y año; y, el escrito de solicitud de fotocopias simples de 27 de marzo de 2013, fue decretado al día siguiente. Respecto a la solicitud de excusa de 1 de abril del citado año, la misma no fue resuelta porque la Jueza demandada se encontraba con baja médica, y desde esa fecha al día de la audiencia de la acción de libertad, transcurrió apenas un día; y, 2) En relación a las solicitudes de audiencias de cesación a la detención preventiva, se tiene que, es una obligación de los juzgadores tramitar las mismas con la mayor celeridad posible, dentro de plazos razonables. En ese entendido, no se evidencia que la autoridad demandada haya incumplido el principio de celeridad; por lo que, bajo ese contexto, tampoco se observa la existencia de lesión a los derechos y principios demandados por el representante del accionante.