Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2013
Fecha: 28-Jun-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En uso de la réplica, indicó que debe concederse la tutela por el principio de unidad y con el objeto de evitar confrontaciones más agudas entre los comunarios, porque ninguna persona por mas que sea dirigente es dueña del agua; por otro lado, aseveran que están siendo objeto de coerción por los dirigentes para que se vuelvan contra los comunarios de La Maica.