AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
I.2. Respuesta a la acción
Corrido en traslado mediante proveído 12-00886-13 de 11 de junio de 2013 (fs. 57), por memorial de 13 de junio de igual año, cursante de fs. 60 a 65 vta., Wilder Araoz Oblitas, Profesional III del Departamento de Gestión Jurídica de la Dirección Nacional Jurídica de la AJ, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta, argumentando que el 11 de abril del referido año, los servidores públicos de la AJ, procedieron a la intervención del salón de juego innominado de la empresa CORHAT Bolivia S.A. ubicado en la Av. Japón tercer anillo externo 3601 zona mercado Mutualista de la ciudad de Santa Cruz, siendo que este salón se encontraba abierto y funcionando sin licencia de operación emitida por la AJ, aspecto que contraviene con la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, razón por la cual se procedió a la emisión de la Resolución Sancionatoria 10-00213-13 de 23 de mayo del mismo año, contra la empresa ya referida.