AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2013-CA

Fecha: 10-Jul-2013

rechazó

Por Resolución AN-GRLPZ-LAPLI 155/2013 de 17 de junio, cursante de fs. 44 a 46, el Administrador a.i. de la Aduana Interior de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que el régimen de depósito de aduana, dentro del que se encuentra la modalidad de “temporal”, fue instituido por la Ley General de Aduanas y su Reglamento, no así por la Ley del Presupuesto General del Estado impugnada, que en ese sentido las disposiciones adicionales contenidas en ésta, solamente modifican algunas disposiciones contenidas en la Ley General de Aduanas y el Código Tributario Boliviano; y que asimismo, el DS 1487, tiene por objeto introducir modificaciones e incorporaciones al Reglamento de la Ley General de Aduanas, de lo que se entiende que la resolución del proceso administrativo no depende de la constitucionalidad de las normas contra las que se promovió la acción .