Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2013-CA
Fecha: 10-Jul-2013
Tribunal Primero Disciplinario de la Oficina departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba,
En consulta la Resolución de 10 de junio de 2013, cursante de fs. 211 a 214, pronunciada por el Tribunal Primero Disciplinario de la Oficina departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Nuria Gisela Gonzales Romero, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 118.I.1, 208.III y 196.II de la Ley de Organización Judicial (LOJ), por presuntamente infringir los arts. 13.I, 14.I, 109.I, 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Tribunal Primero Disciplinario de la Oficina departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto