AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2013-CA

Fecha: 25-Jul-2013

en el día será puesto a Disposición Procesal del Tribunal Disciplinario Departamental con suspensión de funciones y sin  goce de haberes con comunicación a la Dirección General de Recursos Humanos,

Por memorial presentado el 9 de julio de 2013, cursante de fs. 31 a 40 vta., el accionante en su calidad de Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia  plantea acción de inconstitucionalidad abstracta, contra el art. 57 inc. b) de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al efecto señala que, la norma impugnada específicamente la frase resaltada establece que: "Radicada la causa en el Tribunal Disciplinario  Departamental, para las faltas graves señaladas en el Artículo 14,  en el día será puesto a Disposición Procesal del Tribunal Disciplinario Departamental con suspensión de funciones y sin  goce de haberes con comunicación a la Dirección General de Recursos Humanos, y en consecuencia los párrafos segundo y tercero del mismo inciso que señalan: