AUTO CONSTITUCIONAL 0293/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0293/2013-CA

Fecha: 29-Jul-2013

Presidente Comisión de Régimen Disciplinario de la Escuela Básica Policial (ESBAPOL) de El Alto

En consulta la Resolución de 9 de julio de 2013, cursante a fs. 348, pronunciada por el Presidente Comisión de Régimen Disciplinario de la Escuela Básica Policial (ESBAPOL) de El Alto, por la que consideró que “no corresponde que sea promovida” la solicitud de la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Deysi Orellana Condori, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 64 y 65 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mcal Antonio José de Sucre”, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8.II, 9.2, 13.I, 14.III, 15.I, 17, 18.1, 21.2, 22, 23.I., 115.II, 116.I, 117.I, 119.I y II; y, 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 2 inc.f) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.1 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Político (PIDCP).