AUTO CONSTITUCIONAL 080/2013-RCA-SL
Fecha: 15-Jul-2013
a)
EL accionante solicita se conceda la tutela y disponga: a) La nulidad del acto administrativo de notificación de “cese de funciones” y memorándum 174/10; b) Su reincorporación inmediata, en las mismas funciones de Consejero de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Francia, con salario retroactivo; c) Se cumpla con la Disposición Transitoria Única del Reglamento de Funcionarios Diplomáticos Invitados, respondiendo de forma fundamentada la petición de 19 de enero de 2010; d) Se declare la omisión de respuesta al recurso jerárquico y memorial de 21 de marzo de 2011; e) La remisión de copia de Sentencia Constitucional a la Asamblea Legislativa Plurinacional con el objeto de que se tome acta; y, f) La imposición de pago por graves daños y perjuicios causados con costas contra la autoridad demandada, excluyendo al Presidente por ser excusable.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente in limine
- I.5. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2.
- se inicia desde ocurrido el acto ilegal vulneratorio de derechos
- APROBAR