Sentencia: 0690/2013-Lde19 de julio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0690/2013-Lde19 de julio

Fecha: 19-Jul-2013

a)

De obrados se evidencian los siguientes antecedentes probatorios: a)Se tiene en fotocopias sin legalizar el testimonio de 25 de abril de 2011 por el que se transfiere la propiedad “Los Chorrillos” ubicada en el cantón Cuatro Ojos -ahora Palometas- con una superficie de 721 ha en favor de Rodolfo Rivero Hurtado y Neisa Nuñez Hurtado con matrícula computarizada 7.06.2.04.0000029(fs. 4 y 5); b) El accionante no presentó pruebas que demuestren acciones de avasallamiento o medidas de hecho atribuibles a los demandados, en audiencia se refirió a que Abrahán Colodro Landivar mayordomo o trabajador de Francisco Abastaflor Mealla, ingresó y los despojo de su vivienda y su galpón y que Pablo Estrada Alves y su grupo amenazan con ingresar en otra zona de su propiedad; y, c) Los demandados no se presentaron en audiencia de acción de amparo, únicamente lo hizo Pablo Estrada Alves, su abogado refirió en audiencia que al enterarse que los terrenos tenían dueño desistieron de su intento de ingresar al predio y que la demanda en su contra no era necesaria.