SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron como vulnerados sus derechos al trabajo y a la propiedad privada; por cuanto, siendo éstos transportistas de microbuses para el transporte de pasajeros en la Línea 105, actividad completamente legal, al contar con la respectiva autorización y certificación de la ruta otorgada por la Dirección de Tráfico y Transporte del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra, estando además reconocido su gremio por el Estado boliviano, fueron impedidos de realizar la citada actividad, por un grupo de personas armadas con palos, hondas y piedras, a la cabeza del demandado; quienes mediante el bloqueo de la ruta establecida sin permitirles la libre circulación, amenazando a los choferes y agrediéndolos físicamente, llegaron inclusive a romper los vidrios de los micros. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- Fragmento 5
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La subsidiariedad de la acción de amparo y sus excepciones
- III.3. El derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR