SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

a)

El representante a través de su abogada, ampliando la acción indicó: a) El  accionante es esposo de la víctima, aspecto que lo demuestra con un certificado de matrimonio y fotografías; b) Se expidió el mandamiento de aprehensión contra su representado “a la velocidad de la luz” (sic); c) Existen declaraciones de la parte acusada, quienes resultan siendo “los mismos familiares” (sic); y, d) De acuerdo al art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Fiscal tiene la atribución de aprehender al imputado cuando el mínimo legal sea igual o superior a dos años de privación de libertad, en el presente caso, según la certificación del médico forense, “los días de impedimento son de ocho días” (sic), lo que no amerita la detención preventiva; en consecuencia, solicita se restituya la libertad del accionante.