SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
a)
El representante a través de su abogada, ampliando la acción indicó: a) El accionante es esposo de la víctima, aspecto que lo demuestra con un certificado de matrimonio y fotografías; b) Se expidió el mandamiento de aprehensión contra su representado “a la velocidad de la luz” (sic); c) Existen declaraciones de la parte acusada, quienes resultan siendo “los mismos familiares” (sic); y, d) De acuerdo al art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Fiscal tiene la atribución de aprehender al imputado cuando el mínimo legal sea igual o superior a dos años de privación de libertad, en el presente caso, según la certificación del médico forense, “los días de impedimento son de ocho días” (sic), lo que no amerita la detención preventiva; en consecuencia, solicita se restituya la libertad del accionante.
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- tal hecho se hubiera dado a conocer al juez cautelar del inicio de la investigación y, en su caso, de la imputación, resulta indispensable recordar que el art. 54.1 del CPP, establece que entre las competencias del Juez de Instrucción en lo Penal, está el ejercer el control jurisdiccional de la investigación, lo que significa, que es la autoridad encargada de resguardar que la etapa de investigación se realice conforme a procedimiento y en estricta observancia de respeto a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las partes del proceso -imputado, querellante y víctima-
- El juez cautelar constituye la autoridad jurisdiccional bajo quien se encuentra el control del desenvolvimiento de los actos de investigación que realizan tanto fiscales como funcionarios policiales, desde el primer acto del proceso hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- el Juez de Instrucción tiene la atribución de ejercer control jurisdiccional durante el desarrollo de la investigación respecto a la Fiscalía y a la Policía Nacional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR