Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
II.8.
II.8. Se tiene certificado de tradición de 5 de noviembre de 2012, emitido por el Subregistrador de DD.RR. de la oficina de registro del departamento de Santa Cruz, mediante el cual se señaló que se revisaron en dichas oficinas los datos registrados que corresponden al ámbito territorial de las provincias “ANDRES IBAÑEZ, WARNES, VELASCO, CHIQUITOS, ÑUFLO DE CHAVEZ, ANGEL SANDOVAL, GUARAYOS” (sic), donde figuran las matrículas 7011060042575, 7012010015932 que refiere como propietario al ahora accionante, 7012010015929 y 7012010014661 (fs. 82 a 83).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El amparo constitucional ante las medidas de hecho, en relación con el derecho de propiedad
- III.3.
- CONFIRMAR