Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2013-L
Fecha: 18-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denunció como lesionados sus derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la igualdad jurídica, a la “seguridad jurídica” y al principio de congruencia, señalando que mediante memorándum SDAMS-179/2011 el Jefe de Personal del SEDES de Beni, dispuso su destitución, omitiendo considerar que se encontraba en estado de gestación y por tanto, sujeta a la inamovilidad establecida por el art. 48.VI de la CPE, concordante con lo dispuesto por la Ley 975 y el DS 0012. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la flexibilización del principio de subsidiariedad en caso de mujeres embarazadas y/o madres de un niño menor de 1 año de edad
- La inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación o madre de un niño menor de un año
- La inaplicabilidad de la inamovilidad laboral y la subsistencia de prestaciones a favor del niño o niña menor de un año
- Modulación a la SC 1749/2003-R de 1 de diciembre
- III.3. Análisis del caso concreto