SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
1)
Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal, indicó: 1) El Fiscal de Materia en esta audiencia ha dejado claramente establecido las circunstancias y fecha en la cual dio comunicación del inicio de investigación y las razones y motivos en los que se basó para la emisión de su imputación formal por multiplicidad de víctimas y la ampliación de su imputación, no existiendo ninguna irregularidad en cuanto a estos extremos; 2) La probabilidad de autoría, el riesgo de fuga y obstaculización fueron valorados en la Resolución de medidas cautelares que no constituye un fallo que defina la verdad histórica de los hechos investigados o la autoría de los delitos, pues este es un proceso complejo en el cual existen varios hechos confusos; por lo que, el Representante del Ministerio Público debe definir en su resolución conclusiva cuales fueron los hechos delictivos y sus autores; y, 3) La Resolución de medidas cautelares fue apelada por los ahora accionantes, apelación que se encuentra pendiente de resolución, razón por la cual, debe denegarse la tutela solicitada.