SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

a)

Las autoridades demandadas, no presentaron informe alguno; sin embargo, en audiencia el Fiscal de Materia, Carlos Antonio Fiorilo Cruz, indicó: a) El presente caso se inició el 9 de septiembre de 2011, mediante querella interpuesta contra Susana Genoveva Olivio Garnica y otros por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, estafa, con agravación por víctimas múltiples; proceso que inicialmente estuvo bajo el control jurisdiccional del Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal, al cual se presentó el aviso de inicio de investigación; b) A raíz de las investigaciones, se ha podido evidenciar que Susana Genoveva Olivio Garnica, fue al Banco Nacional de Bolivia con un poder falso otorgado supuestamente por Gabriela Iturri Durán y Erika Valeria Avendaño Farfán y realizó una transferencia de fondos de cerca de $us54 000.- (cincuenta y cuatro mil dólares estadounidenses) de ese banco a una cuenta del Banco Unión S.A.; asimismo, se pudo constatar que existía una organización criminal que se estaba dedicando a este tipo de ilícitos; es decir, realizaban transferencias bancarias mediante poderes falsos y hasta originales, pero con datos insertos falsos, razón por la cual, incluso un notario de fe pública fue detenido; en este sentido y a información proporcionada por personal de inteligencia, el día 28 de octubre del citado año, los investigadores del caso organizaron un operativo al tener conocimiento de otra transferencia que se iba a realizar, esta vez en el Banco Bisa, donde los ahora accionantes participaron junto con otras once personas más, siendo aprehendidas en el local “La Prensa” que se encuentra a pocos metros de este Banco, donde esperaban que se concrete la transferencia y seguramente festejar la misma; por lo que, los efectivos policiales aplicaron el art. 227 inc.3) del CPP; y, c) Los ahora accionantes fueron cómplices y participes en la primera irregular transferencia realizada en el Banco Nacional de Bolivia, por cuanto no se trata de otro delito o de otro hecho como para aperturar nuevo proceso y dar otro aviso de inicio de investigación al Juez cautelar; finalmente, con relación a la imputación formal ésta ha cumplido con los requisitos previstos por ley y si bien no se identificaron a todos los probables autores, participes y cómplices, es porque aún se encuentra pendiente la investigación que debe determinar la participación de todas las personas involucradas.