SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
denegó
El Juez Tercero de Sentencia en lo Penal, en suplencia legal de su similar Primero del Distrito Judicial hora departamento- de La Paz, constituido en Juez de Garantías, denegó la acción de libertad; en base a los siguientes fundamentos: 1) Que, la Sala Tercera Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, conoció una acción de libertad interpuesta por el accionante contra las mismas autoridades ahora demandadas, constituyendo la presente una segunda acción con los mismos fundamentos de la primera en identidad de sujeto, objeto y causa; y, 2) Ante la existencia de similitud de dos acciones de libertad, no correspondió a ese Tribunal pronunciarse nuevamente respecto a una problemática que ya fue resuelta con anterioridad, mas aún cuando dicho fallo se encontraba en revisión ante el Tribunal Constitucional, quien definirá lo que se invocó en la segunda oportunidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- garantizar, proteger o tutelar
- III.2.
- i)
- CONFIRMAR