Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público en audiencia refirió que, la acción constitucional con identidad de sujetos, objeto y causa, ya fue de conocimiento del mismo por haber sido presentada anteriormente, lo que entra dentro de la improcedencia de las acciones establecidas en el núm. 2 del art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional. (LTC).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- garantizar, proteger o tutelar
- III.2.
- i)
- CONFIRMAR