SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013-L

Fecha: 22-Jul-2013

1)

Marco Antonio Dick en representación de la persona demandada presentó informe escrito de fs. 168 a 169 vta., manifestando lo siguiente: 1) Invocando el cumplimiento del art. 36.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), contestó negativamente la acción de amparo constitucional, debido a que se tiene que la jurisprudencia constitucional a modulado las reclamaciones sobre la estabilidad laboral, en caso que el trabajador ante un retiro intempestivo sin causa legal opte por su reincorporación deberá recurrir a las jefaturas de trabajo, aclarando que si emite conminatoria ésta no constituye una resolución que defina la situación laboral; 2) En el caso, los accionantes fueron despedidos en aplicación del art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), despido que es conocido con justificación; es decir, no es discrecional y por lo tanto un despido con causa legal justificada y en ese sentido los accionantes están obligados acudir a la legislación laboral para que dentro de un juicio ordinario laboral, se determine definitivamente si han incurrido o no en las causales legales de despido; 3) Como se tiene los accionantes tienen otros medios de reclamación activadas; pues de manera ilegal han logrado obtener un laudo arbitral por el que, se determinó su reincorporación por la vía judicial solicitando su ejecución, encontrándose en ejecución de fallos en la fase de conminatoria; y, 4) Por las razones expuestas, solicitó se deniegue la tutela ordenando que los accionantes acudan a la jurisdicción laboral para que inicien una demanda de reincorporación dentro de un juicio ordinario laboral.