SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013-L

Fecha: 22-Jul-2013

denegó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías mediante la Resolución 025/2013 de 12 junio, cursante de fs. 238 a 239, denegó la tutela solicitada. En base a los siguientes fundamentos: a) Analizados los antecedentes expuestos, se llegó a la conclusión que art. 128 y ss. de la CPE, establece que el amparo constitucional es una acción de defensa contra actos y omisiones ilegales e indebidas que restrinjan, supriman o amenacen derechos y garantías fundamentales, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías. En efecto esa tutela se otorga a favor de quien la solicita cuando se han vulnerado sus derechos o garantías constitucionales y no exista otro medio; b) Los accionantes interponen la presente acción por considerar lesionados y vulnerados sus derechos al trabajo, a la estabilidad y al fuero sindical por parte de la empresa “NOVARA” S.R.L. y acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo en defensa de sus derechos, institución que emite la conminatoria de reincorporación inmediata, misma que es incumplida por la parte demandada; c) Por lo manifestado y por las pruebas presentadas se evidencia que existe un laudo arbitral en el que las partes habrían ejercido sus derechos, misma que a la fecha se encuentra para ejecución bajo alternativa de apremio, por consiguiente existiendo una determinación por autoridad jurisdiccional deben ser cumplidas por lo que no corresponde mayor pronunciamiento al respecto; y, d) Teniendo en cuenta el art. 74.1 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), así como la abundante jurisprudencia se debe denegar la tutela.