Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
1)
El representante alega que los accionantes se encuentran indebidamente detenidos en celdas de la FELCN, porque: 1) El mandamiento de allanamiento aún no se expidió cuando la FELCN irrumpió en el domicilio; 2) El Fiscal demandado mantuvo incomunicados a Freddy Bustos Lazarte y Silvia Marlene Córdova Villca de Bustos, negándoles el derecho a la defensa; y, 3) No se precauteló la salud de la accionante quien se encontraba en estado de gravidez. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR