SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2013

Fecha: 16-Jul-2013

“…con la finalidad de reparar mi situación legal tengo a bien apersonarme ante su autoridad y purgo la rebeldía correspondiente…”

Posteriormente, la autoridad jurisdiccional demandada en la fecha indicada, celebró la audiencia de consideración de medidas cautelares, a la cual no concurrió el accionante, lo que motivó a que dicha autoridad, en aplicación de lo establecido en los arts. 87 y 89 del CPP, declare su rebeldía, disponiendo entre otras medidas el arraigo y la publicación de sus datos y señas personales, advirtiéndose que no dispuso la expedición del mandamiento de aprehensión en contra de éste. Consecutivamente a la declaratoria de rebeldía, el 27 de marzo de 2013, el accionante presentó memorial justificando su inasistencia a dicha audiencia, señalando expresamente entre sus fundamentos: “…con la finalidad de reparar mi situación legal tengo a bien apersonarme ante su autoridad y purgo la rebeldía correspondiente…” (sic).