SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013

Fecha: 16-Jul-2013

i)

Jesús Salvador Vargas Cruz, Administrador de la Aduana Interior Santa Cruz; y, Carlos Antonio Téllez Figueroa, Supervisor de Procesos Contravencionales, presentaron informe cursante de fs. 174 a 178 vta., ampliando en audiencia manifestaron que: i) La accionante señaló que los informes técnicos refieren que las DUI's fueron presentadas oportunamente y fueron validadas por el sistema SIDUNEA, como si esa fuera la verdad material para la determinación de la mercancía o si existió contrabando o no, el informe técnico 260/2012 de 20 de agosto, es claro, expresó que los descargos no amparan la ilegal importación de la mercancía por lo que recomendó emitir la resolución sancionatoria; y, ii) Sobre el hecho de la existencia de un defecto subsanable que la Aduana no hubiera tomado en cuenta, como ser la personería del apoderado la misma fue presentada el 13 de agosto de 2012, donde la accionante trató de introducir otras pruebas fuera del plazo establecido por el art. 98 del CTB, motivo por el cual no fueron consideradas ni validadas dentro el proceso administrativo.