SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2013

Fecha: 16-Jul-2013

III.4. Análisis del caso concreto

La accionante manifiesta que se vulneraron sus derechos por parte de las autoridades demandadas al pronunciar la Resolución sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-363/2012 de 22 de agosto, que deriva a consecuencia de un operativo aduanero denominado “Teresina B”, en el cual se comisó mercancía consistente en harina de trigo procedente de la República de Argentina, menciona que la resolución citada no compulsó los descargos presentados, lesionando el debido proceso, argumentando que fue presentada en forma extemporánea; asimismo, solicitó complementación de la Resolución aludida que según la accionante, no le fue respondida motivo por el cual no presentó recurso alguno, hecho que la dejó en indefensión siendo que a la fecha su mercancía ya pereció.

De los antecedentes del proceso se evidencia que la solicitud de complementación realizada por la accionante, fue respondida por la Administración de la Aduana Interior Santa Cruz, el 3 de septiembre de 2012, como se destaca en la conclusión II.8 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en el que determinó mantener firme la Resolución sancionatoria, advirtiendo a la parte accionante que puede recurrir a los medios de impugnación establecidos en el Código Tributario Boliviano, si creyere que se conculcaron sus derechos, se establece que la misma no activó los recursos de impugnación pretendiendo que con la interposición de la enmienda y complementación, creyó agotados los mecanismos para cuestionar la resolución sancionatoria. En todo caso la ausencia de consideración de las pruebas muy bien pudieron cuestionarse utilizando este mecanismo y no el de enmienda, como lo hizo, por tanto no agotó en forma idónea los recursos previstos por ley, conforme ha señalado la jurisprudencia.