SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1135/2013
Fecha: 18-Jul-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El “13 de abril” aproximadamente a horas 12:30 p.m., un grupo de personas sin autorización judicial, manifestando ser funcionarios policiales y al mando de un Fiscal allanaron su domicilio, agrediendo brutalmente a su hermano menor de 12 años de edad NN, quien gritó solicitando ayuda, por ese motivo la junta de vecinos alertados por los gritos, salieron y pidieron a los supuestos policías primeramente se identifiquen y muestren el correspondiente mandamiento de allanamiento; sin embargo, sufrieron agresiones verbales por parte de éstos funcionarios, es más fueron sindicados de todo y que iban a entrar a la cárcel por complicidad.
Después de haber saqueado de su domicilio objetos de valor, se habrían llevado detenido a su hermano menor a horas 15:00 aproximadamente del mencionado día, habiendo sido “depositado” al promediar de las 22:00 horas, en un albergue de la zona de Villa Adela de El Alto del departamento de La Paz, con expresa orden fiscal de que no sea entrevistado ni visto por nadie sin su orden. Al no conocer el proceder de los supuestos funcionarios policiales por la edad que tiene de 18 años la ahora aciconante, pensó que eran criminales que ingresaron a su domicilio y que habían secuestrado a su hermano menor, por ese motivo tuvo inclusive miedo de denunciar; enterándose luego, que todo el operativo fue realizado al mando del Fiscal Humberto Quispe Poma, para proceder a la captura de una supuesta banda delincuencial.
Habiendo pasado todo el suceso, asistió a la audiencia de medidas cautelares de carácter personal en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, el 15 del mes y año referido, en la que la autoridad judicial previa fundamentación correspondiente declaró ilegal el allanamiento de su domicilio, ordenando la entrega inmediata de su hermano menor a cualquier familiar cercano, por lo que inmediatamente se apersonó a oficinas de la Fiscalía para recabar la autorización u orden escrita del Fiscal que conoce el caso de investigación para recuperar a su hermano, al haber logrado entrevistarse con el Fiscal ahora demandado, le exigió que presente su cedula de identidad personal, además de que se estaría trasladando a un operativo y que no tiene tiempo para atenderla, con esos argumentos sostiene que su hermano menor de edad se encuentra indebidamente detenido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 3
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Protección constitucional de los derechos del niño, niña y adolescente
- III.4. Sobre la aprehensión de la minoridad
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2° CONCEDER