Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2013
Fecha: 22-Jul-2013
a)
La autoridad demandada, en audiencia informó que: a) En la parte principal de la Resolución está debidamente consignado el “FIS PAN”; b) Llamó a una audiencia de conciliación ”… con la finalidad de llegar a un bonito acuerdo y de que no existan cinco procesos pudiendo con esta conciliación dar por terminado todo“ (sic); y, c) Dentro de la objeción, revisó todos los actuados del Fiscal de Materia, quien dio valor a dos certificados médicos forenses, debiendo investigarse de dónde provinieron esas lesiones.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El derecho al debido
- un simple párrafo
- único párrafo
- CONFIRMAR