SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2013
Fecha: 22-Jul-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Aida Orellana Lima con el objetivo de obstaculizar el proceso penal que se le sigue, signado con el número FIS PAN: 1200699, presentó denuncia en su contra, abriéndose el “Caso: FISPAN - 1200744”; sin embargo, la misma fue rechazada por el Fiscal de Materia por que el hecho no ocurrio; la fotografía adjuntada como prueba y el certificado médico serían contradictorios, así como los testigos en la reconstrucción de los hechos.
Una vez presentada la objeción a la Resolución de rechazo por la denunciante, fue elevada a conocimiento de la autoridad jerárquica, quien de oficio llamó a audiencia de conciliación para el 14 de febrero de 2013, dentro del caso FIS PAN: 1200699 siendo que “… el caso en el que se objeta el rechazo es en el caso FIS PAN 1200744” y en dicho acto procesal, la autoridad demandada, habría insistido para que concilie, además, le llamo a su celular para presionarla.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El derecho al debido
- un simple párrafo
- único párrafo
- CONFIRMAR