Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1188/2013
Fecha: 31-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo y a una fuente laboral estable, aduciendo que la Directora del SEDEGES de Beni demandada, de manera intempestiva e injustificada le despidió de su trabajo, sin considerar que de acuerdo a una certificación presentada, su esposa se encuentra en el quinto mes de gestación y pese a que obtuvo una conminatoria de reincorporación de la Jefatura Departamental de Trabajo, la indicada se resiste a cumplirla. En consecuencia, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Inamovilidad laboral de los progenitores hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad
- III.3. Los principios, valores y fines del Estado y el paradigma del “vivir bien”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR