ACP: 0001/2013-CDP-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACP: 0001/2013-CDP-SL

Fecha: 20-Ago-2013

CONFIRMAR

El ACP 0001/2013-CDP-SL de 20 de agosto de 2013 dispuso CONFIRMAR el Auto de 24 de mayo de 2013, bajo los siguientes fundamentos: 1) Que la accionante, como consecuencia de su ilegal despido, sufrió la pérdida patrimonial  equivalente al monto de Bs29 131,23.- en mérito a que de acuerdo a la documental adjuntada se tiene que el total ganado en forma mensual, sin descuentos de ley y sumando su antigüedad, ascendía a Bs9103,51.- (nueve mil ciento tres 51/100 bolivianos) por cada mes, habiendo dejado de percibir su salario por el lapso de tres meses y seis días; 2) En cuanto a los gastos realizados por la accionante para la reposición de sus derechos quebrantados, se tiene que la accionante realizó los gastos consistentes en costas judiciales y honorarios profesionales, que ascienden a Bs2086.- (dos mil ochenta y seis bolivianos); 3) Haciéndose un total de Bs31 217,23.- y, 4) Asimismo, dispuso que previamente a ejecutarse dicho Auto Constitucional Plurinacional, el Tribunal de garantías debe verificar que la accionante no hubiera ejercido otras actividades laborales en el sector público, debiendo constatarse tal extremo a través de oficios a las Administradoras de Fondo de Pensiones y Cajas de Seguro de Salud, con el fin de evitar doble percepción de salarios.